En general los cónyuges adquieren conjunta o individualmente los bienes gananciales durante el matrimonio. Una vez concluida la separación legal, los bienes gananciales se disuelven también y deben liquidarse. A menos que se haya firmado un acuerdo prenupcial que regularizara el régimen de los bienes. Al optar por el divorcio de mutuo acuerdo, deben llegar a un ajuste sobre la división de los bienes. En otro caso es el tribunal que decide la división.